46. Aportaciones en Dinero y Especie que Reciban de las Personas Físicas o Morales
Fecha de última actualización: 14 de enero de 2025
De conformidad con los artículos 67, fracción XXXIV, 74-A y 74-B, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y los artículos 1 y 2 de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila es una entidad de fiscalización superior que por delegación constitucional ejerce la facultad del Congreso del Estado de revisar y fiscalizar las cuentas públicas y los informes de avance de gestión financiera de los Poderes del Estado, municipios y de los organismos públicos autónomos y de las demás entidades que se encuentren bajo su ámbito de influencia y cuya gestión presupuestal y programática no esté incorporada en su cuenta pública.
Por lo anterior, es que esta entidad fiscalizadora no es sujeto obligado de aportación en dinero o en especie que reciban de las diversas personas físicas o morales, nacionales o internacionales, a través de los centros de acopio o en las instituciones de crédito, para ayudar a los municipios o comunidades en emergencia o desastre, motivo por el cual no se cuenta dicha información a que se refiere el artículo 21, fracción XLVI de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza, en virtud de tener a su cargo únicamente la fiscalización de las cuentas públicas.
Por lo que se informa que el funcionario responsable de la presente información es la C.P María del Carmen Sánchez Guel, Directora de Transparencia Administrativa y Capacitación de la Auditoría Especial de Planeación y Servicios Administrativos.
aportaciones en dinero y especie que reciban de las personas fisicas o morales